viernes, 9 de septiembre de 2011

Será obligatoria escolaridad para los menores privados de la libertad



Desde el Ejecutivo bonaerense, se tomó la decisión de adecuar la reglamentación de los Centros Cerrados para jóvenes a normas internacionales, lo que redundará en beneficios de obligatorio cumplimiento para los menores privados de su libertad, como escolaridad, recreación, actividad física, ropa y llamados telefónicos.

La medida fue reglamentada mediante una resolución del ministro de Desarrollo Social, Baldomero Alvarez de Olivera. Dicha cartera trabajó en conjunto con la Comisión Provincial por la Memoria y comprende a los 10 CC provinciales.

Los CC son instituciones destinadas al alojamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal, que cumplen medidas judiciales cautelares o condenatorias impuestas por los Juzgados y Tribunales pertenecientes al Fuero Penal Juvenil.

El documento aprobado tiene por finalidad unificar los reglamentos y las modalidades de funcionamiento de todos los Centros, en cuanto a sus sistemas convivenciales, normativos y de actividades escolares, recreativas, deportivas y de capacitación laboral.

El nuevo régimen dispone que las actividades escolares (primaria o secundaria) serán siempre obligatorias. La concurrencia a las mismas no podrá estar sujeta a medidas disciplinarias ni a otras restricciones que no sean por motivos de salud o por medidas dispuestas dentro de la propia organización escolar.

La norma también garantiza que cada joven goce de un tiempo mínimo de recreación de cuatro horas diarias, una de ejercicios físicos y que las mismas no se superpongan con otras actividades institucionales.

A partir de este reglamento, todas las instituciones deben arbitrar los medios para que cada chico alojado disponga de, al menos, 20 minutos semanales para comunicarse telefónicamente con sus familiares o abogados.

El nuevo régimen dispone también que los Centros deberán proveer de un sector para realizar las comunicaciones que guarde condiciones de privacidad e intimidad.

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